La rutina diaria actual, se encuentra copada en gran parte por todas aquellas aplicaciones o funcionalidades, que aprovechan al máximo las mejoras recientes en redes inalámbricas (Wifi, 3G, 4G…….), y que nos permiten estar conectados en tiempo real con todo lo que está pasando a nuestro alrededor (WhatsApp, redes sociales), a través de la conexión contratada con nuestro operador de telefonía/internet.
¿Qué son los servicios OTT (Over The Top)?
Por este concepto de reciente creación, se puede entender: Todas aquellas prestaciones suministradas por una determinada sociedad, a través de la red de telecomunicaciones (internet, televisión, teléfono) desplegada y propiedad de un tercero (operador), es decir, todo aquello que se preste desde un nube, servidor o almacenamiento online, a través de la conexión suministrada por uno de los operadores de telecomunicaciones reconocidos (Movistar, Orange, Vodafone……).
Como principales ejemplos y exponentes de este fenómeno , cabe destacar:
- WhatsApp: aplicación de mensajería instantánea para teléfonos inteligentes o smartphones más conocida y utilizada en la actualidad. Recientemente ha sido adquirida por Facebook, el cual ha instaurado un modelo de negocio completamente gratuito, y enfocado a hacer desaparecer al tradicional mensaje de texto (SMS).
- Skype: sistema de comunicación por voz o vídeo más conocido y utilizado en la actualidad. Se trata de un programa propiedad de Microsoft, y que ha pasado a sustituir al antiguo Windows Live Messenger.
- Netflix: plataforma virtual que ofrece un servicio de visualización de contenido audiovisual (películas, series……. ) en streaming, a cambio del pago de una suscripción o cuota mensual.
Como principales servicios prestados:
- Voz: sistema de comunicación verbal que permite efectuar y recibir llamadas. En la actualidad, se trata de un servicio prestado por operadores de telecomunicaciones, aunque sí que se han dado intentos de adentrarse en este campo por parte de los prestadores OTT, como demuestra el caso de las llamadas a través de whatsapp, o el modelo implantado por Skype para conversaciones privadas o colaboraciones en línea ( entre jugadores, youtubers, usuarios de Twitch…..).
- Mensajería instantánea: sistema de comunicación por escrito que permite mantener una conversación en línea entre dos o más usuarios, y que ha sustituido en gran medida a los modelos más tradicionales como el SMS (mensaje de texto) o MMS (mensaje de texto multimedia).
- Contenido audiovisual: conjunto de creaciones en formato audiovisual (películas, series…..) suministradas a través de una red de banda ancha (internet). A este respecto, existen dos modalidades:
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Televisión por protocolo de internet (IPTV): servicio de visualización de contenido audiovisual prestado por un operador de telecomunicaciones reconocido, a través de una red privada . Como principales ejemplos, tenemos Movistar + (antiguo Imagenio), o Yomvi (antiguo Canal +).
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Modelo OTT: servicio de visualización de contenido prestado a través de la red instalada por un tercero (como se referencia en la propia definición introductoria del artículo), y que gracias a la tecnología de streaming o visualización completamente online, ha conseguido imponerse a la anterior modalidad y suponer un foco de atención a nivel comunitario. Como principales ejemplos, tenemos Netflix o Amazon Prime.
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¿Cuál es su regulación?
La normativa de aplicación, sería la relativa al sector de las telecomunicaciones, junto con elementos de sector audiovisual, al tratarse de un fenómeno híbrido:
A nivel comunitario, cabe destacar:
- Directiva 2002/21/CE del Parlamento y del Consejo de 7 de marzo de 2002 relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco).
- Directiva 2002/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al acceso a las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión (Directiva de acceso).
- Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva de autorización).
- Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002 relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva de servicio universal).
- Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas).
- Directiva 2010/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2010 sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual). El pasado 25 de Mayo del presente 2016, la Comisión europea, dentro de su estrategia de creación de un mercado digital único, ha formulado una propuesta de modificación.
A nivel español, cabe destacar:
- Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
- Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
Conclusiones
- Los servicios OTT se prestan a través de la red de telecomunicaciones instalada por un operador de telecomunicaciones reconocido, a fin de suministrar una conexión de banda ancha a un determinado cliente.
- Debido a que son fenómenos de gran alcance y suponen fricciones con el sector tradicional de las telecomunicaciones, la Unión Europea está trabajando en modificaciones de la normativa sectorial, a fin de recoger estas nuevas figuras.
Bibliografía
Fuentes y materiales doctrinales
Regulación de los servicios OTT – http://www.institutopascualmadoz.es/wp-content/uploads/2016/07/687275416-252575_NOELA_CORDERO_RODRIGUEZ_Regulacio%CC%81n_Servicios_OTT_1047786_2010217579-1.pdf
Artículo sobre Streaming – http://enclavedederecho.com/streaming/
Legislación
Citada e indexada en el propio artículo.